Ana Suárez Blavia,Andrés Maestre Salcedo

El delegado de protección de datos

Avisarme cuando se agregue el libro
Para leer este libro carga un archivo EPUB o FB2 en Bookmate. ¿Cómo puedo cargar un libro?
El Reglamento (UE) 2016/679, relativo a la protección de las personas físicas (RGPD) en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos, entró en vigor el 25 de mayo de 2016 pero, para facilitar a los Estados miembros su adaptación al mismo, su efectiva aplicación se pospuso hasta el 25 de mayo de 2018.

España, como el resto de los países de la UE, disponía de dos años para que sus Instituciones y también las empresas y organizaciones que tratan datos de carácter personal, fueran preparándose y adaptándose para el momento en que el Reglamento fuera aplicable; sin embargo llegamos tarde al trabajo normativo a pesar del convencimiento del Ministerio de Justicia que en los albores de Noviembre de 2016 confirmaba que el Ministerio de Justicia cumpliría escrupulosamente el procedimiento de elaboración de normas previsto en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

A pesar de las loables intenciones, llegada la fecha de su implementación en todos los países de la UE, España no tendrá su propia Ley Orgánica de Protección de Datos, según fuentes Parlamentarias hasta finales de año, lo que producirá una situación de incertidumbre, esto es, una situación de desplazamiento de la Ley orgánica de protección de datos y de la normativa reguladora de la materia, contradictoria o contraria al reglamento, pero no una derogación de la Ley orgánica de protección de datos.

Todas las disposiciones de la LOPD siguen plenamente en vigor en lo que no sean contradictorias con el Reglamento General de Protección de Datos. En suma, el nombramiento del delegado de Protección de Datos (en adelante DPD) va a permitir la aplicación de la norma y la definición de ese nuevo modelo por parte de los responsables, sin necesidad de contar con una nueva ley orgánica de protección de datos.

Esta figura, conocida como DPO (en inglés, Data Protection Officer), es la piedra angular y un participante clave en el nuevo sistema de gestión de los datos del RGPD, garante del cumplimiento de la normativa de la protección de datos. El concepto de DPD, aunque desconocido en nuestro ordenamiento jurídico, no es extraño en el ámbito de la UE, su regulación ya se contemplaba en la Propuesta de Directiva del Parlamento Europeo y del Consejo 2012/0010 (COD) relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales, y la libre circulación de dichos datos, poniendo especial énfasis en la independencia y eficacia como principios esenciales para desarrollar los Delegados sus funciones y tareas relativas a la protección de datos personales.
Este libro no está disponible por el momento.
49 páginas impresas
Publicación original
2018
Año de publicación
2018
¿Ya lo leíste? ¿Qué te pareció?
👍👎
fb2epub
Arrastra y suelta tus archivos (no más de 5 por vez)