En ambos casos, el incapacitado deberá contratar un seguro de sobrevivencia, para que, en el caso de que falleciere, se pueda otorgar la pensión y otras prestaciones a sus beneficiarios.
Monto mínimo que se pagará al otorgar una pensión
Según el artículo 58 fracción II de la Ley del Seguro Social, se establece que:
Si sufre un riesgo de trabajo que le provoque una incapacidad permanente total, recibirá una pensión mensual, por lo que dicha pensión no debe ser inferior al salario mínimo, ya que según el artículo 141 último párrafo de la Ley del Seguro Social establece que: